Consulta un abogado para Negligencia Médica

Consultas de Negligencia Médica en línea

Si piensas que has sido víctima de una negligencia médica o dental y no sabes qué hacer, contáctanos. No puedes esperar, tienes que actuar y hablar con un abogado experto.

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Durante 30 minutos un abogado de nuestro equipo resolverá tus preguntas sobre cualquier caso o situación laboral.

Asesoría Honesta

Le informaremos sin costo de la solución de su caso, para que pueda tomar la desición correcta según las circustancias particulares.

Un formulario a tu medida

Unas cuantas preguntas y la documentación

Rellenar el formulario no te llevará más de 5 minutos. Y tu reclamación por tu negligencia medica ya habrá empezado.

Tú eliges: computador, celular, tablet… a tu gusto. No te preocupes por la documentación, puedes hacerle fotos o subirla después en el área privada.

Te indicamos cómo reclamar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados

Nuestros abogados especialistas en negligencias médicas pueden
asesorarte e indicarte si tienes derecho a indemnización por mala praxis médica. Si eres víctima de un mal diagnostico o un suministro de medicamentos equivocados o de una cirugía mal hecha no puedes esperar y tienes que actuar. Te indicaremos los documentos necesarios para demostrar tu situación y si lo necesitas seguimos tu caso de principio a fin.

¿Qué se considera una negligencia médica?

Una negligencia médica se puede definir como una acción y/o omisión
llevada a cabo por un profesional sanitario que causa al paciente un
daño, todo ello como consecuencia de una mala praxis médica.

¿Qué hacer en caso de negligencia médica?

Lo primero que tienes que hacer es solicitar el historial médico, para que pueda ser analizado por un perito médico que determine si existe o no negligencia médica. Una vez el perito determine esto, es posible realizar la reclamación oportuna. En reclámalo te indicamos los pasos a seguir y te acompañamos para que no estés solo.

¿Cuanto me va a costar?

Si no conseguimos tu dinero, no te costará nada nada

Trabajamos a éxito, si no conseguimos que te paguen tu reclamación, no te cobrarenos nada. Has leido bien, no tienes que pagarnos nada. Te contamos a continuación los costos en caso de éxito.

Solo cobramos si tu ganas*

Si conseguimos resolver el caso a tu favor, te cobrarenmos los siguientes honorarios:

30% de la indemnización recibida (+IVA)

¿Por qué elegir reclámalo?

Máxima indemnización

Conseguimos indemnizaciones hasta un 400% mas que la que tu seguro te pudiera ofrecer sin nuestra representacion.

Fácil de usar

Rellena el formulario y podrás iniciar tu reclamación en cuestión de minutos si tu caso es viable.

Seguimiento online de tu caso

Te enviaremos notificaciones de cualquier cambio de estado de tu reclamación. Además, estaremos encantados de ayudarte si te surgen dudas. Además, tienes a tu disposición un área de cliente, para ver cualquier actualización de tu reclamación.

Solo pagas si ganas!

Trabajamos a éxito. Si no conseguimos que te paguen tu reclamación, no cobramos nada. Has leído bien. No tienes que pagar nada.

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Le informaremos sin costo de la solución de su caso, para que pueda tomar la decisión correcta según las circunstancias particulares.

Soporte 24/7

Puedes consultar el estado de tu caso en tiempo real y en cualquier momento, también puedes solicitar un video consulta con el abogado.

Ayuda

Preguntas Frecuentes

Te ayudamos incluso antes de que tengas dudas

¿Cuánto tiempo tengo para demandar una falla medica?

Si los hechos ocurrieron en hospitales públicos E.S.E se tendrán (2) dos años contados a partir de la fecha de ocurrencia del daño o a partir desde que se tuvo conciencia del daño.

Si los hechos ocurrieron en un hospital o clínica privada o devienen de la responsabilidad por omisión de la EPS o IPS, las victimas tendrán (10) diez años para demandar por la jurisdicción civil los daños ocasionados.

En lo Penal, si se denuncia una lesión personal culposa por parte de un acto médico, se tendrán en principio seis (6) meses para interponer la querella y el termino de pena máxima del delito denunciado. Si el hecho devino en el fallecimiento de la victima el termino de prescripción de la acción penal será del tiempo que prevé la ley como sanción del delito de homicidio culposo.

¿Cómo obtengo copia de la Historia clínica?

¿Cómo obtengo copia de la Historia clínica?

Para cualquiera de los casos aquí referidos tener en cuenta las fechas de atención del paciente, pues serán requeridas al momento de solicitar la historia clínica.

1.Paciente que la solicita personalmente

  • Documento de Identidad cedula o pasaporte. • Se diligencia SOLICITUD DE COPIA DE HISTORIA CLINICA
  1. Persona Autorizada (familiar, representante legal o terceros)
  • Carta de autorización firmada por el paciente y por la persona autorizada, en caso de representación legal el solicitante deberá anexar el documento que lo acredita como tal, la carta debe especificar el motivo por el cual se solicita y las fechas de atención requeridas.
  • Fotocopia documento de identidad, cedula o pasaporte del paciente y del solicitante.
  • SOLICITUD DE COPIA DE HISTORIA CLINICA el cual debe estar debidamente firmado por el familiar o el autorizado.
  1. Solicitud para acceder a la copia de la Historia Clínica de los pacientes menores de Edad
  • Registro civil del paciente
  • Documento de identidad del padre (solicitante). •

 Se diligencia SOLICITUD DE COPIA DE HISTORIA CLINICA, en este formato se especifica el motivo por el cual es solicitada la historia clínica y se firma por el padre como constancia de la solicitud.

  1. Paciente fallecido o paciente que no pueda firmar debido a su condición de salud
  • Declaración extra juicio (en el caso que la persona que la solicite sea la pareja permanente en estado de unión libre), acta de matrimonio (esposo/a) o registro civil con el fin de demostrar el parentesco. Únicamente pueden acceder a la historia clínica familiares en primer grado de consanguinidad (padres y/o hijos).
  • Documento de Identidad del Paciente.
  • Documento de identidad del solicitante.
  • Registro civil de defunción o certificado de defunción.
  • SOLICITUD DE COPIA DE HISTORIA CLINICA
¿Puedo demandar por una mala praxis médica en una cirugía estética?  

Cualquier persona titular del daño o lesión causada, que se vea afectada después de una cirugía estética podrá demandar la mala praxis médica mediante vía judicial, con el fin de que un juez declare la responsabilidad civil del profesional de la salud y ordene el pago de los perjuicios causados al paciente.

¿Qué tipo de daños y perjuicios puedo solicitar en caso de ser víctima de una falla medica?

Daños patrimoniales 

Son los que afectan el patrimonio de una persona. A su vez se clasifican en:

 

  • Daño emergente consolidado o futuro. Es la pérdida inmediata debida al hecho antijurídico, todos los gastos en que incurre la victima para tratar las consecuencias del hecho dañoso ( muletas, pasajes de taxi, medicamentos, silla de ruedas, prótesis etc.) en algunos casos según el padecimiento es posible que la victima deba hacer erogaciones toda su vida en ese caso será tasado el daño emergente futuro.
  • Lucro consolidado y futuro:  Es la ganancia que se deja de obtener como consecuencia del daño sufrido, en algunos casos se tasara solo el consolidado en caso de que los daños sean temporales y futuro en caso de que sean permanentes.
  • Pérdida de oportunidad: Todos los casos donde el sujeto afectado podía realizar un provecho u obtener una ganancia o evitar una perdida y a causa del daño ocasionado perdió definitivamente ( la persona que iba a firmar un contrato con una multinacional y en el trayecto sufre un accidente y grave y la compañía decide revocar la propuesta de trabajo)

 

 

Daños extrapatrimoniales

 

Son los que afectan los bienes y derechos personales de la víctima. Se subdividen en:

  • Daño a la salud (Jurisdicción administrativa): La afectación a la integridad psicofísica
  • Daño moral: se encuentra compuesto por el dolor, la aflicción y en general los sentimientos de desesperación, congoja, desasosiego, temor, zozobra, etc., que invaden a la víctima directa o indirecta de un daño antijurídico, individual o colectivo
  • Daño a la vida en relación (Jurisdicción civil): daño a la vida de relación se presenta cuando la víctima sufre una alteración psicofísica que le impide o dificulta gozar de actividades rutinarias o bienes de la vida que disfrutaba antes del hecho lesivo. La privación de la posibilidad de realizar actividades como bailar, practicar deportes, viajar, escuchar música o realizar actividades rutinarias implica la existencia de un perjuicio resarcible.
  • Daño a bienes condicionalmente protegidos: Es un daño inmaterial que proviene de la vulneración o afectación a derechos contenidos en fuentes normativas diversas. Sus causas emanan de vulneraciones o afectaciones relevantes a bienes o derechos constitucionales y convencionales las cuales producen un efecto dañoso, negativo y antijurídico

 

¿Pueden mis familiares solicitar indemnización por los daños que sufrí como victima directa?

Si, pueden solicitar daños morales el cónyuge, compañera (o) permanente, parejas del mismo sexo y familiares del primer grado hasta cuarto grado de consanguinidad  y/o único civil de las víctimas directas.

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